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106 organizaciones desean convertirse en partidos

 Para que las organizaciones recaben afiliaciones fuera de las asambleas distritales o locales, el Instituto ha desarrollado una Aplicación Móvil para teléfonos inteligentes y tabletas

Del 7 al 31 de enero de 2019, un total de 106 organizaciones manifestaron ante el Instituto Nacional Electoral (INE) su intención de convertirse en partidos políticos nacionales.

A las 18:00 horas del 31 de enero, fecha en que venció el plazo, las siguientes 106 organizaciones notificaron su intención, cuatro de las cuales desistieron.

#Organización
1Esquema X México, A. C.
2Pacto Tabasco, A. C.
3Demócratas
4Verdadera Alternativa para Mejorar y Organizar a la Sociedad, A. C.
5Partido Ciudadano Independiente
6Agrupación Política Nacional Migrante Mexicana
7Convicción Mexicana por la Democracia, APN
8Organización Promotora del Partido Liberal de México
9Organización de Ciudadanos Federalista Vanguardista
10Expresión Liberal Democrática, APN
11Frente Nacional
12Todos Somos Uno
13Demócrata
14Frente Nacional Socialista Institucional Mexicano, A.C.
15Pueblo Republicano Colosista
16Asociación Política México Nuevo, A. C.
17Unión Nacional Sinarquista, APN
18Voz y Fuerza Indígena de México, A. C.
19Realidades, Poder Ciudadano, Democracia Real
20Tres por México
21Trascendencia
22Redes Sociales Progresistas, A. C.
23Plus Pacto por la Libertad y la Unidad Social, A.C.
24Nuevo Pacto Social
25Reconciliándonos México Renace, A.C.
26Asociación Nacional por la Defensa de los Derechos Político Electorales, APN
27Movimiento Ambientalista Social por México, A. C.
28Gubernatura Indígena Nacional, A. C.
29Libertad y Responsabilidad Democrática, A. C.
30Vamos Juntos, APN
31Alianza Popular del Campo y la Ciudad, APN
32Fundación Alternativa, APN
33Gente Humanista, A. C.
34Mexicanos Libres e Independientes
35Fomento del Sentido Común para el Desarrollo, A. C.
36Proyecto Nacional por y para México, A. C.
37Fuerza Social por México
38México Adelante, APN
39Movimiento Imperialista
40Alianza Mexicana Alternativa, APN
41Movimiento Vanguardista Social (VAS)
42Plan de las Tradiciones por México, A. C.
43México Blanco, APN
44Nosotros
45Asociación Profesional Interdisciplinaria de México, APN
46Vanguardista Progresista
47Somos México
48Plataforma Independiente Nueva República, A. C.
49Unidos Regenerando México, A. C.
50Ciudadanos en Transformación, APN
51México Presente
52Red de Organizaciones Sociales Autónomas
53Frente Anticapitalista de los Trabajadores, A. C.
54México Sustentable
55Conciencia Ciudadana, APN
56Coalición Amplia de Bases de la Izquierda Organizada, A. C.
57Ola Libertad, A. C.
58Inclusión Democrática
59México Avante Fuerte, A. C.
60Unión Popular Republicana
61Ahora 2019, A. C.
62México en Transformación
63Cambiemos por México
64Esperanza Ciudadana, APN
65Grupo Social Promotor de México, Partido Político Nacional
66Fuerza Migrante, A. C.
67Movimiento Democrático Independiente
68Disciplina y Lealtad Ciudadanos, A. C.
69Querétaro Independiente, A. C.
70Comisión Organizadora del Partido Político Nacional Justicia para Todos
71Estructura Independiente, A. C.
72Teniendo Espacios, A. C.
73Mejorando e Incentivando Oaxaca
74Fuerza Redmx, A. C.
75Frente por la Cuarta Transformación
76Gran Mexicangm
77Movimiento para la Libertad Nacional y el Socialismo
78Ciudadanos Unidos
79Fundación para el Bienestar de los Paisanos, A. C.
80Organización Ernest Wolfgang BöckenfördeInstituto para la Protección de los Derechos Humanos, A. C.
81Organización Ciudadana Diferente, A. C.
82Federación Mexicana de Pueblos, Comunidades y Organizaciones Indígenas, A. C.
83Cien Líderes de Opinión
84Asociación para el Progreso y la Democracia de México, APN
85Fundación Mexicana para el Desarrollo Empresarial SOS, A. C.Trazabilidad y Comercio de Productos Frescos M&L S. de R. L.
86Comité Organizador del Partido Político Nacional Partido de la Verdad
87Ciudadanos de los Derechos Humanos, A. C.
88Comité Organizador del Partido Político Nacional Partido Nueva Era
89Evolución Democrática
90Conciencia Ciudadana con Valor Civil, A. C.
91Cruzada Ciudadana de Nuevo León, A. C.
92No señala
93Alianza Movimiento por la Riqueza Indígena
94Centro de Apoyo Comunitario Central
95Movimiento Nacional Libertad Política, A. C.
96Conciencia Ciudadana
97Fundación Xochi México, A. C.
98Encuentro Solidario
99Fuerza Autónoma Mexicana, APN
100Fortalecimiento Rural Campesino, A. C.
101Vecinos Unidos de San Mateo Xoloc de Servicios Variables al Servicio de la Comunidad, Tepotzotlán, Estado de México, A. C.
102Contigo Podemos Avanzar, A. C.

Desistimientos

#Organización
1Praxis Democrática, APN
2Movimiento Democrático Independiente, A. C.*
3Organismo Nacional en Movimiento para la Riqueza Indígena, A. C.
4Migrantes por la Paz

*Desistió como asociación civil, pero volvió a presentar su intención como organización de ciudadanos

Las organizaciones de ciudadanos que han manifestado su intención deberán cumplir con los requisitos que marca la ley, como son la celebración de una asamblea nacional constitutiva y asambleas en al menos 20 entidades federativas o 200 distritos electorales, a más tardar el 30 de noviembre de 2019 en presencia de funcionarios del Instituto; además de recabar 233 mil 945 afiliaciones (0.26 por ciento del Padrón Electoral utilizado en la última elección federal ordinaria). El número de afiliados que participen en la asamblea estatal o distrital, en ningún caso podrá ser menor a 3 mil o 300, respectivamente.

Las asambleas deberán ser programadas ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP), las distritales con 5 días previos a su realización, y las estatales con un mínimo de 8 días previos a la fecha de su celebración.

Asimismo, el INE pondrá a disposición de las organizaciones una aplicación móvil que deberán utilizar para recabar los datos de la ciudadanía que pretenda afiliarse al partido político en proceso de constitución, misma que será compatible con dispositivos móviles (teléfonos inteligentes y tabletas) que funcionen con los sistemas operativos iOS 8.0 y Android 5.0 en adelante.

El INE deberá verificar que las personas que hayan decidió afiliarse a estas agrupaciones estén debidamente inscritas en el Padrón Electoral y no hayan ejercido su derecho de asociación en otros partidos políticos, cerciorándose de que dichas afiliaciones cuenten con un año de antigüedad como máximo, dentro del partido en formación.

El Instituto deberá desahogar todo el proceso de revisión antes del inicio del Proceso Electoral Federal 2020-2021 y dictaminar, en su caso, la procedencia del registro de las organizaciones que manifiesten su intención de conformarse en nuevos partidos políticos.

De acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos (art.11, numeral 1), las organizaciones que pretendan iniciar el proceso para constituirse como partido político nacional deberán notificar su intención ante el Instituto Nacional Electoral en enero del año siguiente al de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Al respecto, el 19 de diciembre de 2018, el Consejo General del Instituto, en ejercicio de su facultad de reglamentar los requisitos, condiciones y términos que deben cumplir los interesados, aprobó el Instructivo que deberán observar las organizaciones interesadas en constituir un partido político nacional, así como diversas disposiciones relativas a la revisión de los requisitos que se deben cumplir para dicho fin (INE/CG1478/2018).

De acuerdo con el Instructivo, dentro de los diez días posteriores a la entrega de la notificación de intención, la DEPPP analizará la documentación recibida de la organización y le notificará el resultado de la misma, que podrá ser:

          •         Aceptación de notificación: a partir de que la DEPPP proceda a notificar a la organización, ésta podrá continuar con el procedimiento para su constitución como Partido Político Nacional, es decir, la organización podrá recabar afiliaciones por medio de la aplicación móvil desarrollada por el Instituto y deberá comunicar a la brevedad a la DEPPP la agenda de la totalidad de asambleas a celebrar.

          •         Requerimiento por error u omisión: una vez que la DEPPP notifique a la organización, ésta tendrá cinco días hábiles para subsanar los errores u omisiones.

La DEPPP continuará analizando la documentación que entregaron las organizaciones y, en los siguientes días, comenzará a notificar a aquéllas que ya pueden continuar con este proceso.

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