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¿Eres ‘neni’ y estás en el SAT? Tienes hasta esta fecha para presentar tu declaración anual

El SAT dio a conocer que aplicará mejoras en la presentación de la declaración anual para personas morales en 2024.

A partir del 1 de enero de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite presentar la declaración anual del ejercicio fiscal 2023 a las personas morales, entre ellas las famosas “nenis” emprendedoras que estén bajo ese registro, quienes tendrán cuatro meses de este año para manifestar sus ingresos y deducciones de impuestos.

En un comunicado oficial, el SAT dio a conocer que los contribuyentes morales tendrán hasta el 1 de abril de 2024 para presentar su declaración anual como parte de sus obligaciones ante esta dependencia.

“Para realizar el envío de la declaración es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) y estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales de Impuesto Sobre la Renta (ISR) de ejercicios anteriores y declaraciones de retenciones de pagos”, por mencionar algunas.

El SAT puede multar a quienes no hagan este trámite e, incluso en 2021, dio a conocer que las “nenis” que no se registren ante esta dependencia también podrían ser amonestadas si no forman parte del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con una sanción puede ascender hasta los 10 mil pesos.

En el caso de que seas una “neni” registrada como persona física ante el SAT, también tendrás que presentar tu declaración en el mes de abril de este año.

¿Qué mejoras tiene el SAT para empresas en 2024?

El SAT también informó que para este 2024 se implementarán mejoras a este trámite de personas morales, entre las que se contemplan el registro de pérdidas fiscales entre 2013 y 2021, que no se visualizaban en el formulario.

Se eliminarán estados financieros “de flujo de efectivo” y “de cambios en el capital contable”, mientras que estos documentos de años anteriores se precargarán en el sistema. También se hará una deducción inmediata de inversión como está previsto en el Decreto de Relocalización, así como de aquellos beneficios fiscales para las zonas afectadas por el huracán “Otis”.

Para poder acceder a estas y otras mejoras es necesario que las personas morales tengan un servicio de banca electrónica, por si se requiere para algún trámite. Información Radio Fórmula

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